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Plan Referidos

REGLAMENTO Y CONDICIONES PARA LA PROMOCIÓN “PLAN REFERIDOS”

  1. Sólo un estudiante activo del Centro Nacional de Capacitación Laboral-CENAL ó un docente activo, puede disfrutar del beneficio de la promoción, se entenderá como estudiante activo a quien se encuentre debidamente matriculado y a paz y salvo tanto financiera como académicamente y todas las otras disposiciones que dicta el Manual de Convivencia en su Capítulo II.
  2. La promoción consistirá en dos tipos de obsequios, de los cuales el estudiante puede escoger uno y solo uno y para ello debe dejarlo claro al momento de diligenciar los formatos dispuestos para dichas promociones:
    1. Obsequio TIPO A: Se pagarán ($20.000) veinte mil pesos moneda legal a los estudiantes activos que refieran una persona a inscribirse e iniciar uno de los programas del Centro Nacional de Capacitación Laboral –CENAL.
    2.  Obsequio TIPO B: Se abonará el pago de una cuota mensual de matricula a los estudiantes activos que refieran una persona a inscribirse e iniciar uno de los programas del Centro Nacional de Capacitación Laboral –CENAL.
    3. El estudiante que desee participar en la promoción debe de esperar por lo menos dos (02) días después de matriculado para empezar a referir personas.
    4. En el recibo de pago de la inscripción de la persona referida debe de aparecer, en original y copia, el nombre y código del estudiante quien refiere a la persona.
    5. Podrá participar un número ilimitado de veces, es decir, cada estudiante puede referir nuevas personas a inscribirse y matricularse un número ilimitado de veces.
    6. Para cualquiera de las opciones que el estudiante escoja como obsequio, TIPO A ó TIPO B, el referido debe haber pagado como mínimo el 100% del valor de su primera cuota mensual.
    7. Para la promoción TIPO A, se pagarán veinte mil pesos moneda legal ($20.000) por cada estudiante referido, los cuales se harán efectivos diez (10) días después que el estudiante entregue el formato diligenciado y se compruebe que se cumplen con los puntos 1, 3, 4, 6, 9 y 10 del presente reglamento.
    8. Para el Obsequio TIPO B, se abonará el cien por ciento (100%) de una cuota mensual que el estudiante tenga en mora o de la cuota mensual inmediatamente siguiente que le corresponda pagar, la cual se hará efectiva diez (10) días después que el estudiante entregue el formato diligenciado y se compruebe que se cumplen con los puntos 1, 3, 4, 6, 9 y 10 del presente reglamento.
    9. El estudiante debe acercarse a la Tesorería del Instituto para reclamar su obsequio previa verificación de las personas referidas.
    10. En caso de que un estudiante refiera a una persona becada por parte de terceras organizaciones con las cuales el Instituto tiene convenio ó que refieran a una persona a matricularse en el CURSO BÁSICO DE SISTEMAS, los obsequios cambiarán por los siguientes:
      1. Obsequio TIPO A: Se pagarán ($10.000) diez mil pesos moneda legal a los estudiantes activos que refieran una persona a inscribirse e iniciar uno de los programas del Centro Nacional de Capacitación Laboral –CENAL.
      2. Obsequio TIPO B: Se abonará el 50% de una cuota mensual de matricula a los estudiantes activos que refieran una persona a inscribirse e iniciar uno de los programas del Centro Nacional de Capacitación Laboral –CENAL
      3. Estas condiciones deben cumplirse para acceder a la promoción, las normas aquí expuestas entran en vigencia a partir del 23 de febrero de 2010 y pueden cambiar sin previo aviso.

 

             DIRECCIÓN ACADÉMICA Y FINANCIERA.

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